miércoles, 22 de septiembre de 2010

Alegación total al PGOU. Junio 2008

FÉLIX MARTÍN CARRO, concejal portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes – Convocatoria por Andalucía, comparezco y como en derecho proceda, DIGO:

Que el día 29 de abril de 2008 el Pleno de la Corporación procedió a la aprobación inicial de la revisión / adaptación a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía del Plan General de Ordenación Urbana de Torremolinos. Interesándonos respecto del mismo, y en plazo hábil, presentamos la siguiente

ALEGACIÓN
La planificación urbanística de un municipio debe ser la expresión de la voluntad de sus vecinos de construir una ciudad habitable y sostenible conforme a las previsiones y expectativas de futuro, regular las disfunciones actuales del municipio, fomentar la vida ciudadana, y articular medidas de transporte y dotaciones de equipamientos acordes a las necesidades sociales, con respeto al medio ambiente y en concordancia con las directivas, leyes y normas que rigen en la Comunidad Europea, el Estado Español y la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El desarrollo y la normativa del PGOU deben, así mismo, ser una fuente de garantía y, por tanto, exenta de discrecionalidad y de indefiniciones jurídicas, de forma que cualquier ciudadano o ciudadana pueda conocer en cualquier momento las normas por la que se rige el planeamiento de su municipio, sin concesiones a la discrecionalidad y a las indefiniciones jurídicas. Esto, que quizá alguien pueda tachar de excesivamente garantista, deviene una necesidad imperiosa después de conocer los numerosos y graves casos de corrupción urbanística que salpican la Costa del Sol.
A pesar de ello, los planos y la normativa del PGOU distan de cumplir con esas exigencias mínimas de dar respuesta a las necesidades de la ciudad y de su población, contienen elementos de discrecionalidad y de inseguridad jurídica inadmisibles en una administración pública y, por tanto, una vía para la posible corrupción que tanto daño está haciendo al prestigio de la Costa del Sol y a su vida social, económica y política. Un ejemplo de esta discrecionalidad e inseguridad jurídica es la que se contiene en el CAPÍTULO 11º ZONA HOTELERA (USO HOTELERO): todo un monumento a la arbitrariedad y discrecionalidad.
Se establece un incremento generalizado de las ordenanzas de edificación, lo que trae como consecuencia un incremento de la trama urbana y de la densidad de población, sin que se prevean nuevas vías suficientes para descongestionar el tránsito rodado y facilitar el transporte público.
No hemos encontrado entre los documentos del PGOU ningún estudio de movilidad y para tener una idea de la filosofía que contiene no tenemos otro referente que el exabrupto pronunciado en el Pleno de referencia por el portavoz del Partido Popular, D. Ramón del Cid Santaella: "...no querrán ustedes (refiriéndose al concejal que suscribe que había denunciado las dificultades de movilidad, las dificultades para el transporte público y la consiguiente saturación por el uso del vehículo privado) que los vecinos se desplacen en bicicleta o en patinete". Sinceramente, no creemos que tan sesuda y respetuosa declaración pueda ser el soporte o el sucedáneo de un plan de movilidad. De esa manera, no es posible conocer si las nuevas vías que se proponen responden o no a las necesidades de movilidad de la población actual y futura.
Se planea la urbanización de la sierra de Torremolinos, en contra de los dispuesto en el Plan de Protección del Medio Físico de la Provincia de Málaga, que cataloga dicho espacio como Complejo Serrano, y contraviniendo la normativa actual de Protección de acuíferos.
Se acompaña al PGOU un documento de Estudio de Impacto Medioambiental que hemos de reputar de muy poco riguroso y realizado ad hoc más como coartada que como instrumento de preservación y respeto del medio ambiente.
Como ejemplos de lo dicho en el párrafo anterior señalaremos algunos:
  • No tiene en cuenta los informes que sobre el vertedero de RSU fueron evacuados por un organismo oficial como el Instituto Geológico y Minero de España que alertan del grave riesgo de contaminación del acuífero sobre el que se asienta.
  • No tiene en cuenta el Plan Director de Residuos Sólidos Urbanos aprobado por la Diputación Provincial de Málaga en tiempos en que el actual alcalde era además diputado provincial y a la sazón Vicepresidente de dicha Corporación.
  • El Estudio de Impacto Ambiental no cartografía la totalidad de las formaciones de adelfar (Rubo ulmifolii-Nerietum oleandri) existentes en el territorio, incluso en las zonas afectadas por las nuevas zonas urbanizables del PGOU propuestas en la zona de la sierra al norte de la autovía. Esta comunidad se encuentra recogida como hábitat de interés comunitario en la Directiva Hábitat.
    En el análisis de las comunidades vegetales contempladas en la legislación ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental dice textualmente: "Dentro del ámbito de estudio no se ha localizado la presencia de ningún Hábitat de interés comunitario considerado prioritario".
    Esta afirmación no responde a la realidad del territorio, puesto que en el municipio de Torremolinos existen comunidades vegetales consideradas como hábitat naturales prioritarios por esta Directiva de la CE.
    Algunas de las comunidades vegetales presentes en el municipio de Torremolinos afectadas por nuevas zonas urbanizables y sistemas generales en el nuevo PGOU son:
Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. Código 5220
    1. Phlomido lychnitidis-Brachypodietum ramosi (retusi)
    2. Jasiono penicillatae-Linarietuym saturejoidis.
    3. Rivas-Martínez, Izco & Costa in Izco 1975. Código Directiva Hábitats 522014.
      Br.- Bl. 1924. Código Directiva Hábitats 522076.
Existen también especies vegetales amenazadas incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres).
El Estudio de Impacto Ambiental presenta a la especie Ophrys atlantica como única especie amenazada presente en el territorio.
Esta afirmación no responde a la realidad del territorio, puesto que existen especies vegetales amenazadas incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies amenazadas. Al menos hay tres especies vegetales amenazadas con poblaciones directamente afectadas por zonas urbanas o urbanizables del PGOU:
- Maytenus senegalenis
Son estos algunos ejemplos que inducen a descalificar la bondad científica del estudio y a pensar que ha sido realizado a la carta, omitiendo aquello que pudiera ser un obstáculo al afán urbanizador sin freno del equipo de gobierno.
Así mismo, el PGOU propuesto contraviene las previsiones del POTAUM, en fase de aprobación, y las determinaciones del POTA, por cuanto que las nuevas superficies urbanizables que propone superan los porcentajes previstos en dicha norma y el estudio de incremento de población es un burdo intento manipulador para esconder el incremento real, de forma que en los cálculos no cuantifica los incrementos que se dan en amplias zonas ni se tiene en cuenta el que deviene del incremento sustancial de las ordenanzas de edificación en amplias zonas del consolidado del municipio.
Por lo expuesto, interesamos que, conforme al contenido de la presente alegación, sea ésta aceptada y en consecuencia modificado el acuerdo de aprobación de la revisión / adaptación a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía del Plan General de Ordenación Urbana de Torremolinos en el sentido de anular el documento aprobado en su totalidad y proceder a una nueva formulación que tenga en cuenta los estudios pertinentes, prime el interés vecinal y elimine los elementos de discrecionalidad , arbitrariedad e indefinición jurídica que contiene el articulado de la normativa.

Lo que pido en Torremolinos a 19 de junio de 2008.


- Limoniun malacitanum (Díez Garretas) id Peligro extinción.
- Rupicapnos africana (Lam.) Pomel subs. Decipiens id Peligro extinción.
(Lam.) Exell Catalogada Ley 8/2003 Vulnerable